APRUEBAN PROTEGER DATOS PERSONALES EN LEY 3 DE 3

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó las reformas a las leyes generales de Responsabilidades Administrativas y del Sistema Nacional Anticorrupción que permiten la protección de datos personales y de vida privada de los servidores públicos.

El presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, criticó que el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades deje en manos de un Comité Coordinador la decisión de qué datos pueden quedar bajo resguardo. Aguilar Morales dijo que el legislador federal debe ser quien tiene que fijar los parámetros y no otro órgano. Agregó además que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción no tiene competencia para elaborar esos formatos.

El artículo 29 establece que las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Para tal efecto, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes.

La mayoría de los ministros coincidieron que el derecho a la información pública no es un derecho irrestricto, sino que es válido limitarlo de manera temporal bajo los casos expresamente señalados en el artículo sexto constitucional.

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