Armonizan diputados marco legal para operación de Guardia Nacional

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 10 de Agosto de 2020.- Con el fin de lograr una adecuada planeación y conducción de las actividades de la Secretaría de Seguridad en el Estado de México, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Seguridad Pública y Tránsito, aprobaron reformas a la Constitución Política estatal y a la Ley de Seguridad de la entidad, referentes al tema de la Guardia Nacional, propuestas por el Ejecutivo Estatal. 

La primera iniciativa tiene como fin armonizar la normatividad estatal con la Carta Magna respecto a las funciones de los niveles de gobierno en materia de seguridad, así como sobre las bases jurídicas de las instituciones y de la carrera policial.

“La reforma al primer párrafo del artículo 86 Bis de la Constitución Política estatal, para establecer que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, lo cual dará congruencia a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señala el documento.

Actualmente la normatividad marca que la seguridad pública en la entidad es una función a cargo del estado y los municipios, por lo que no incluye a la federación, por lo que se da respuesta al decreto del 29 de marzo de 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución federal en materia de Guardia Nacional, con el fin de salvaguardar la vida, la libertad, la integridad y el patrimonio de los mexicanos.

La segunda propuesta tiene por objeto que las instituciones de seguridad pública cuenten con bases jurídicas para otorgar la certeza y confianza que la sociedad mexiquense requiere, así como sentar las bases sobre las que se regirá la carrera policial de los integrantes de las instituciones policiales en la entidad.

“La modificación al artículo 2 de dicha ley propone que la seguridad pública sea una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, ya que la normatividad vigente solo indica que la seguridad pública es una función a cargo del estado y los municipios”, señala.

Mientras que las modificaciones al artículo 140 proponen una adhesión para que en la definición de “Carrera Policial” se establezca que es un sistema en el que los integrantes de las instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior y, en lo conducente, a la perspectiva de género.

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