Convocan a consulta para fortalecer representaciones indígenas municipales

Grupo Puntual / Mapy Escobar

TOLUCA, México, 4 de Diciembre de 2018.- La presidenta de la comisión de Asuntos Indígenas de la LX Legislatura Local, Juliana Felipa Arias Calderón, del Partido Encuentro Social, lanzó la convocatoria al proceso de consulta de la propuesta de decreto que modifica y adiciona varios artículos de la ley orgánica municipal, con el fin de fortalecer y dar funcionalidad a la representación indígena en los ayuntamientos del Estado de México.

La legisladora acusó que hasta el momento son pocos los ayuntamientos que han incorporado a un representante indígena a las funciones de gobierno, y lo que se pretende con esta modificación a la ley es hacer obligatoria su reconocimiento y participación en todos los cabildos mexiquenses.

Indicó que los trabajos de consulta tendrán lugar el próximo viernes 7 de diciembre, a las 09:00 horas, en el salón Benito Juárez de la Cámara de Diputados del Estado de México.

Señaló que con fundamento en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo local, se convoca a la consulta con el propósito de llegar a acuerdos, en relación con la iniciativa de decreto que modifica y adiciona varios artículos de la ley orgánica municipal con el fin de fortalecer y dar funcionalidad a la representación indígena en los ayuntamientos del Estado de México

Llamó a participar al representante indígena ante los ayuntamientos reconocidos, conforme lo establece el artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

También a los Vocales del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México señalados en el artículo 6, numeral IV, incisos l y m de la Ley que crea este Organismo Público Descentralizado.

A los os Consejeros del Consejo Consultivo de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en el Estado de México; a todas aquellas organizaciones indígenas tradicionales con residencia en el territorio estatal; a las representaciones indígenas acreditadas ante la Delegación Estado de México de la CDI, así como a la población en general que se autoadescriba como parte de un pueblo indígena originario del Estado de México o Migrante domiciliado en el territorio estatal.

Expresó que la experiencia vivida en los últimos 3 años con relación a la figura del Representante Indígena en el Estado de México ha dejado muchos sinsabores a los pueblos originarios, en virtud de que ha resultado una figura prácticamente decorativa, que en poco o nada contribuye a la defensa de sus intereses.

“El principal argumento esgrimido por las autoridades municipales para obstaculizar el ejercicio de la figura ha sido que no existe en la norma asignación de funciones”, acotó.

Por lo anterior, dijo, es indispensable partir del texto del Convenio 169 de la OIT y del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para armonizar la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y dejar bien definidas las atribuciones correspondientes.

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