Crece en Edomex 12% el delito de despojo

  • Concentra Edomex 16 por ciento del total de despojos que se cometen en el país

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 16 de Septiembre de 2020.- Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), el Estado de México ocupa el primer lugar como la entidad en donde se cometen más delitos contra el patrimonio de las personas, contabilizando 98 mil 195 casos, informó la diputada Violeta Nova Gómez, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). 

Añadió que de estos delitos sobresale el despojo, ya que su incidencia a julio del presente año es de 2 mil 412, lo que convierte a la entidad con la más alta incidencia al representar poco más del 16 por ciento de delitos de despojo que se cometen en el país y se coloca muy por arriba de la media nacional, por lo que presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de México.

“Otro elemento que preocupa, es que el despojo en el Estado de México implica un crecimiento del 12 por ciento en su incidencia, respecto al mismo período de 2019, lo que nos habla de su constancia y crecimiento año con año, lo que nos obliga a generar reformas para su contención”, abundó.

Nova Gómez resaltó que la máxima Carta Magna establece que las personas no pueden ser molestadas en su derecho de posesión de forma arbitraria, por lo que los Jueces, Magistrados y Ministerios Públicos deben contar con herramientas legales que les permitan procurar y administrar justicia bajo los principios de certeza y legalidad, que salvaguarden derechos fundamentales pues, para su correcta y efectiva protección, el Estado puede y debe establecer determinadas condiciones

“Es preciso determinar si al momento de los hechos denunciados, la parte que se dice ofendida detentaba la posesión del inmueble, ya que las más de las veces se da que dos personas estiman ser propietarias de un inmueble y con apoyo en sus títulos de propiedad pretenden realizar al mismo tiempo actos de dominio sobre el bien”, detalló.

Agregó que de acuerdo al Código Penal del Estado de México vigente, el delito de despojo se comete cuando el que de propia autoridad ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca y cuando de propia autoridad ocupe un inmueble de su propiedad.

Lo anterior, dijo, implica que para el caso de que dos o más personas se crean propietarios, la preferencia del derecho de propiedad entre las partes sólo puede resolverse mediante la acción civil correspondiente y no de propia autoridad despojar al que tiene la posesión, por lo que en consecuencia propone que el delito de despojo, sea sancionado aun cuando la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en litigio.

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