Endurecen penas contra robo de vehículos

  • Reforman Código Penal para considerar delito grave ese delito en todas sus formas y en cualquier circunstancia

Grupo Puntual / José Contreras Contreras

TOLUCA, México, 10 de Marzo de 2020.- Los integrantes de la Legislatura local aprobaron la iniciativa del diputado Gerardo Ulloa Pérez, mediante la cual se reforma y adiciona el artículo 290 del Código Penal del Estado de México, para tipificar como delito grave el robo de vehículo, robo de autopartes y de transporte en cualquiera de sus modalidades.

Ulloa Pérez aseguró que dentro del catálogo de delitos que más afecta a las y los mexiquenses se encuentran los patrimoniales, en el que destaca el robo que consiste en el apoderamiento de un bien mueble, ajeno, sin derecho ni consentimiento de la persona que puede disponer de ella conforme a la ley.

Señaló que esta situación se ve reflejada en el incremento en la comisión de diversos delitos que no son considerados como graves, por lo que su penalidad permite a quien lo realiza, reincidir casi de manera inmediata.

Dijo que durante 2018, la entidad fue el primer lugar nacional en robo de vehículo con y sin violencia, y de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) el número total de unidades robadas con y sin violencia asciende a la cantidad de 47 mil 657 vehículos.

Describió las siguientes estadísticas de incidencia delictiva que determina el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública: el robo de vehículos muestra una tendencia preocupante: por lo que hace al Estado de 1997 a 2018, fueron robados 834 mil 839 vehículos, cantidad que rebasa a cualquier otra entidad federativa, y que estos vehículos o sus componentes pueden vincularse con algún otro delito.

Por lo que concierne al delito de robo de vehículos estacionados en la vía pública, Ulloa Pérez comentó que cuando se trata de desapoderar del mismo a su propietario estando estacionado, ya sea de la mercancía que transporta o de los objetos sin que éstos sean parte de los componentes que lo integran; no representa un agravante en cuanto a la comisión del mismo y permite que el Sujeto Activo quede en libertad de manera inmediata, siendo el caso que los índices delictivos del mismo continúen en aumento.

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