INAI SOLICITÓ INFORMAR SOBRE ATENCIÓN DE VIH/SIDA AL SEGURO POPULAR EN CHIAPAS

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La Comisión Nacional de Protección Social en Salud —conocida entre la población como Seguro Popular— debe buscar y entregar información sobre la atención a la salud materna y al VIH/SIDA en diferentes unidades médicas, centros de salud y hospitales de diversos municipios de la región de los Altos de Chiapas, durante el periodo 2013-2016.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) revisó la solicitud enviada por un particular, que hizo cinco solicitudes de información, ahí pidió informar si las unidades, centros y hospitales se encuentran acreditados o no por el Seguro Popular; los contratos con sus respectivos anexos celebrados para adquirir medicamentos, insumos médicos y equipamiento por adjudicación directa o licitación pública.

También pidió información sobre el inventario de medicamentos, insumos médicos y equipamiento, especificando las entradas y salidas, así como la fecha de la última adquisición; el personal asignado para la atención de salud materna; y cuáles son los bancos de sangre y qué capacidad de almacenamiento tienen.

De acuerdo con el Programa Regional de Desarrollo 2015-2016 del gobierno de Chiapas, el 92 por ciento de la población de los Altos de Chiapas no cuenta con seguridad social y el 34 por ciento no tiene acceso a los servicios sanitarios.

Además, el Registro Nacional de Casos de SIDA señala a la entidad como la cuarta a nivel nacional con mayor tasa de nuevos diagnósticos durante 2015, y la quinta en cuanto a personas notificadas portadoras de la enfermedad desde 1983 y hasta el cierre del año pasado, con más de 9 mil 200 individuos.

Respecto a la salud materna, manifestó que las cifras del INEGI colocan a Chiapas como la tercera entidad con el mayor registro de muertes de madres, hecho que se relaciona con la pobreza y la exclusión, así como la marginación de la población indígena.

Por lo anterior, en el análisis del pleno del INAI se pide al organismo sanitario dar a conocer la información solicitada, pues en su respuesta al particular sugirió presentar su requerimiento a las autoridades locales, bajo el argumento de que correspondía a las entidades federativas proporcionar los servicios sanitarios a los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud.

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