Propone Ulloa Pérez sancionar penalmente quien se «quede» con cuotas del Issemym

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 26 de Marzo de 2019.- El diputado Gerardo Ulloa Pérez, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de México con el fin de tipificar como delitos el abuso de autoridad y el peculado, y con ello sancionar a toda autoridad que descuente al trabajador y no aporte ese dinero al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMyM).

Durante la exposición de motivos señaló que las instituciones públicas deben enterar al instituto el importe de las cuotas retenidas quincenalmente a los servidores públicos, así como el de las aportaciones que les correspondan, dentro de los cinco días siguientes al de la fecha en que efectúen la retención.

“Cuotas que, en la mayoría de los casos, las instituciones públicas han omitido enterar al ISSEMyM, por tanto, no han dado cumplimiento con esta obligación, aún y cuando las retenciones ya fueron previamente realizadas, lo que ha generado al ISSEMyM una seria crisis financiera!”, resaltó.

Diputado Gerardo Ulloa Pérez, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

Ulloa Pérez indicó que de acuerdo al informe de la cuenta pública de 2017 del Órgano Superior de Fiscalización (OSFEM), al ISSEMyM autoridades estatales, municipales y organismos autónomos le adeudan mil 318 millones 718 mil 057 pesos, que denota una grave crisis y desfalco del instituto, aunado a la irresponsabilidad en que incurren quienes tienen la obligación de enterar cuotas y aportaciones de seguridad social de los servidores públicos al ISSEMyM.

Explico que la adecuación de los dos tipos penales señala que comete el delito de abuso de autoridad el servidor público que, sin causa justificada, retenga las cuotas o las aportaciones de seguridad social de los servidores públicos, y no las entere al instituto dentro de los 10 días siguientes al de la fecha en que efectúe la retención.

Además, comete el delito de peculado el servidor público que disponga para su beneficio o el de una tercera persona física o jurídica colectiva, con o sin ánimo de lucro, de las cuotas o las aportaciones de seguridad social.

“Dentro de nuestro sistema jurídico los servidores públicos son sujetos de diversas responsabilidades de naturaleza política, penal, administrativa y civil, sin embargo, por la gravedad del tema se propone tipificar la omisión en el entero de las cuotas al ISSEMyM dentro del plazo legal establecido, o disponer de las mismas en beneficio de los servidores públicos o de una tercera persona”, concluyó.

Sanción penal a quien retenga y no entregue al Issemym las cuotas de los trabajadores, exigió el diputado Gerardo Ulloa Pérez.

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