Proponen órdenes de protección para mujeres en riesgo por violencia

  • Se trata de evitar que se ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres, sus hijas e hijos, o niñas

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 29 de Julio de 2021.- En el Estado de México, 54 de cada 100 mujeres son víctimas de algún tipo de violencia infligida por su pareja, indicó el diputado Margarito González Morales, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), quien presentó una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la entidad, con el fin de fortalecer las órdenes de protección para niñas, adolescentes y mujeres, que sean víctimas de la violencia y cuya vida o integridad se encuentre en riesgo.

Destacó que la violencia es un problema que se manifiesta en la vida diaria de las mujeres, por lo que se debe ser sensible y reconocer que las victimas necesitan ser protegidas y una de las herramientas procesales son las llamadas órdenes de protección, que encuentran su antecedente en la “protection order” y se ha extendido en países anglosajones, es emitida por un juez para proteger a una persona frente a otra, considerando ámbito y duración.

“Se trata de proteger y entablar una coordinación entre los órganos judiciales, ministeriales y administrativos a fin de brindar una protección inmediata, mediante un procedimiento sencillo y rápido donde la o el juzgador reconozca que la víctima se encuentra en riesgo inminente para ordenar su protección, con lo que se acredita la condición de la mujer como víctima de violencia de género y se reconocen al mismo tiempo sus derechos humanos”, explicó.

González Morales mencionó que la iniciativa busca que las órdenes de  protección se otorguen de oficio o a petición de parte, por el Ministerio Público o los órganos jurisdiccionales competentes cuando tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres, sus hijas e hijos, o niñas, evitando que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.

Además, dijo, propone que las órdenes de protección tengan una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o hasta que cese la situación de riesgo para la víctima, mismas que deberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

“Quien en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito en contra de una mujer o una niña, está obligado a denunciarlo al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a la persona imputada, si hubieren sido detenida en flagrancia. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes”, abundó.

Por último, resaltó que la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes es un flagelo producto de la cultura machista que no se ha podido desterrar, misma que antes de la pandemia era un grave problema y con el confinamiento por la crisis sanitaria incrementó, aunado a la reducción de servicios como denuncias, emisión de órdenes de protección, menos líneas telefónicas de ayuda, no acceso a los centros para la atención de crisis y refugios, así como poca asistencia jurídica.

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