Violencia contra mujeres por dispositivos electrónicos será sancionada

  • Serán actos constitutivos de violencia utilizar Tecnologías de la Información y la Comunicación, violar la intimidad de una mujer al filtrar imágenes y/o videos

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 28 de Julio de 2020.- Con el propósito de reconocer como una modalidad de violencia las acciones para denostar o dañar a una mujer a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como visibilizarla y generar cambios que la prevengan, la atiendan y la erradiquen, la diputada Karina Labastida Sotelo, integrante de la bancada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), presentó una iniciativa para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.

La iniciativa, dijo, también propone que el Gobierno del Estado diseñe programas y mecanismos de prevención e intervención, publicaciones, campañas de sensibilización, investigaciones, estadísticas, diagnósticos y las acciones que sean necesarias para prevenir y erradicar la violencia de género que se perpetre a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación.

“Serán actos constitutivos de violencia al utilizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación, violar la intimidad de una mujer al filtrar imágenes y/o videos ya sea realizando algún acto sexual o exhibiendo el cuerpo semidesnudo o desnudo sin su consentimiento, sembrar rumores falsos y difamar, crear perfiles falsos y/o usurpar la identidad, denigrar a mujeres, filmar actos de violencia y difundirlos, acechar o espiar (stalked), así como el acoso y la amenaza”, agregó.

Labastida Sotelo indicó que la incidencia delictiva relacionada con el tipo penal Violencia ejercida a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, registrada por la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género, indica que desde el 6 de septiembre de 2019 se han iniciado 123 carpetas de investigación, de las que 117 son mujeres y 1 hombre, con una edad aproximada entre 12 y 42 años.

Añadió que las situaciones experimentadas con mayor frecuencia por mujeres que ha vivido ciberacoso fueron recibir insinuaciones o propuestas sexuales el 40.3 por ciento, contacto mediante identidades falsas el 35.3 por ciento, recibir mensajes ofensivos el 33.9 por ciento, recepción de contenido sexual el 32.8 por ciento, provocaciones para reaccionar de forma negativa el 23.7 por ciento, así como llamadas ofensivas el 21.5 por ciento.

“Si bien en muchos casos la Internet, sus servicios y aplicaciones, se han utilizado con la finalidad de controlar, acosar, humillar y chantajear a las mujeres, datos de la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones mostró que los teléfonos móviles permitieron a los agresores mantener una relación abusiva e infligir daño psicológico y violencia emocional a mujeres y niñas cuando el contacto físico no fue posible”, expuso.

Finalmente resaltó que el informe concluyó que este tipo de violencia contra las mujeres tiene componentes de violencia de género, ya que generalmente es perpetrada por alguien conocido, el autor de la violencia tuvo o tiene una relación íntima con la mujer víctima, ya sea el actual o anterior novio o esposo, o pertenecía al círculo inmediato del sobreviviente, es decir, miembros de la familia, compañeros de trabajo o amigos.

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