DETERMINA LA SUPREMA CORTE QUE CONDUSEF Y PROFECO PUEDEN SANCIONAR HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS

En México, la ley protege a las personas deudoras frente a prácticas de cobranza abusivas o ilegales, como hostigamiento, amenazas o intimidación, cometidas por bancos o despachos de cobranza.
Las y los usuarios pueden denunciar estas conductas ante la CONDUSEF, ya sea mediante el REUS para evitar llamadas publicitarias, o a través del REDECO cuando existan malas prácticas en la cobranza de una deuda.
Si se trata de una entidad comercial no financiera o no hay respuesta a la queja inicial, también es posible acudir a la PROFECO, además de buscar asesoría legal especializada en defensa del deudor.
La ley prohíbe acciones como llamar de madrugada, usar lenguaje ofensivo, exhibir públicamente la deuda, hacerse pasar por autoridades o amenazar con cárcel, ya que en México nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil.
