DENTRO DE LA REGULARIZACIÓN AMBIENTAL SE CONTEMPLAN FUERTES MULTAS A QUIEN DÉ PLÁSTICOS DE UN SOLO USO
MARIO RODELA

En el Estado de México ha entrado en vigor la reforma al Código para la Biodiversidad del Estado de México para multar con hasta 339 mil pesos a quien otorgue de forma gratuita, productos plásticos de un solo uso en unidades económicas.
De esta medida quedan excluidas las bolsas o contenedores que constituyan un empaque primario, que prevengan el desperdicio de bienes o que por cuestiones de higiene o salud se requieran, así como bolsas de acarreo que cumplan con las disposiciones jurídicas aplicables.
El decreto fue publicado en Gaceta de Gobierno, precisando que para la imposición de sanciones por infracciones a este Código se tomará en cuenta las condiciones económicas, sociales y culturales del infractor y la reincidencia si la hubiere.
Con su entrada en vigor, los 125 gobiernos municipales deberán realizar las adecuaciones normativas en sus bandos municipales y reglamentos respectivos, dentro de los 90 días hábiles posteriores, así como la sustitución gradual de plásticos de un solo uso, tales como popotes, vasos, bolsas, utensilios y contenedores, que se utilicen en las oficinas públicas y no sean biodegradables.
Además, la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible deberá establecer las acciones y medidas para la sustitución gradual de estos plásticos en las oficinas del gobierno estatal.