Viola Poder Judicial del Estado de México derechos humanos

Grupo Puntual / Redacción

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) encontró al Poder Judicial del Estado de México responsable por la violación de diversos derechos de dos hombres a quienes las autoridades judiciales enviaron a prisión preventiva oficiosa durante 17 años y que además sufrieron torturas en el periodo que permanecieron detenidos.

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez, notificó este miércoles la sentencia en un acto llevado a cabo por vídeo conferencia y en el que estuvieron presentes los representantes de las víctimas y funcionarios del Estado.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, encontró a México responsable por violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la protección judicial, a ser oído, a la presunción de inocencia y al principio de plazo razonable.

El caso se refiere a las violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes fueron acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora de Atizapán, María de los Ángeles Tamés.

García y Alpízar permanecieron en prisión preventiva durante 17 años, el tiempo más largo que alguien en México ha estado en la cárcel sin sentencia, hasta 2019, cuando quedaron bajo arresto domiciliario con el uso de brazaletes electrónicos. En 2022 fueron condenados a 35 años de cárcel, sentencia que está en apelación.

El tribunal internacional también concluyó que Daniel García Rodríguez «fue sometido a malos tratos y torturas psicológicas por parte de las autoridades del Ministerio Público del Estado de México», situación que fue denunciada por el sospechoso, sin que los hechos fueran investigados.

«Los maltratos psicológicos que fueron descriptos por Daniel García son de una extrema severidad, pues consistieron en amenazar y detener a sus familiares y seres queridos. Además, buscaban una finalidad precisa que consistió en obtener su confesión y firma de documentos implicando a otras personas», indicó la CorteIDH.

En cuanto a Reyes Alpízar, la CorteIDH determinó que el Estado no investigó con la debida diligencia las denuncias de tortura que presentó.

En su sentencia, la CorteIDH ordenó a México concluir los procesos penales, revisar la pertinencia de mantener medidas cautelares y excluir del proceso los antecedentes incriminatorios obtenidos bajo coacción o tortura.

El Estado también está en la obligación de investigar y sancionar a los responsables de los actos de tortura.

Además, México deberá adecuar a estándares internacionales su ordenamiento jurídico interno sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo.

La CorteIDH también ordenó al Estado pagar indemnizaciones a ambas víctimas por concepto de daños materiales e inmateriales.

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