AMPARO PARA MEDINA PARA DEFENDER SU EMBARGO

Una juez federal otorgó un amparo al ex gobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina de la Cruz, solo para que se deje sin efecto una audiencia en donde el agente del Ministerio Público solicitó el embargo de una de sus propiedades. Ahora, se deberá llevar a cabo una nueva audiencia para que el quejoso esté presente y se pueda defender.

La medida cautelar derivó de un amparo promovido por Medina, quien impugnó el primer párrafo del artículo 212 del Código Procesal Penal para el Estado de Nuevo León.

En su fallo, la juez determinó que dicho precepto es inconstitucional y violatorio de los principios del debido proceso legal, presunción de inocencia, contradicción e igualdad entre las partes que rigen en el nuevo sistema penal acusatorio.

Lo anterior, en razón de que dicho precepto local posibilita el desarrollo de una audiencia privada, para imponer una medida cautelar de carácter real, en este caso particular, consistente en el embargo precautorio de bienes del ex gobernador, en la que solo interviene el Ministerio Público, que es quien lo solicitó.

La juzgadora señaló que el artículo contraría los derechos de la víctima u ofendido, y es a todas luces opuesta a tales principios del nuevo sistema procesal penal, sistema que tiene por objeto garantizar que las partes se encuentren en igualdad de oportunidades ante el juez, a efecto de que tanto el Ministerio Público, la víctima u ofendido y el imputado puedan comparecer a defender sus respectivas posiciones e inclusive ofrecer datos de prueba a fin de demostrar aquéllas.15942881_1545382732143226_1879674024_o

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