Analiza Legislatura crear la figura de “persona ofendida” en casos de violencia familiar y contra la mujer

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 31 de Julio de 2019.- Los integrantes de las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia analizaron las propuestas para incluir la definición de “persona ofendida” como quien interviene en los temas de violencia, en materia de reinserción social y para tipificar como delito grave el maltrato infantil o adolescente.

La iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, propuesta por la diputada Guadalupe Uribe Bernal, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), busca incluir la definición de “persona ofendida” como quien interviene en los temas de violencia, además de incluir como modalidad de violencia contra la mujer la violencia contra la libertad reproductiva.

“En la legislación se establecen las figuras de ‘víctima’ y ‘agresor’, aunque no se considera así a las personas que son afectadas de manera indirecta para la reparación del daño causado, como en el caso de la violencia familiar, en donde los hijos sufren daños psicológicos, o en el caso de violencia extrema y mortal, en que los familiares pierden una madre o una hija”, señala el documento.

La propuesta de adiciones a la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de México, presentada por el legislador Emiliano Aguirre Cruz, integrante de la bancada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), busca que se elimine de la base de datos de la Dirección General de Servicios Periciales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), de manera inmediata, los antecedentes y los ciudadanos pueda continuar inmediatamente su reinserción a la sociedad.

“En la actualidad las personas que han recobrado su libertad por el reconocimiento de inocencia enfrentan inconvenientes, a pesar de la naturaleza distinta de las sentencias; resultar absuelto de un proceso judicial debería significar la libertad y la recuperación de plena del individuo”, apuntó.

Mientras que la reforma al Código Penal de la entidad, propuesta por los diputados Ingrid Krasopani Schemelensky Castro y Edgar Olvera Higuera, integrantes de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), proponen tipificar como delito grave el maltrato infantil o adolescente a quien lleve actos o conductas de agresión física, psicológica, emocional, sexual y discriminación patrimonial o económica.

La propuesta detalla que a quien cometa este delito se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión, o de 60 a 400 días de multa o ambas sanciones a juicio del juez, independientemente de la penalidad causada por lesión u otro delito, mismo que se perseguirá por oficio.

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