EL DOCUMENTO NORMATIVO TIENE COMO FINALIDAD ATENDER LAS NECESIDADES DE LA POBLACIÓN
CRISTY HUERTA

La presidenta municipal, Romina Contreras, encabezó la publicación y promulgación del Bando Municipal 2025, que entra en vigor este 05 de febrero y se colocó en espacios públicos como el Palacio Municipal y en los centros administrativos de Ex Cinemas, Pirules y Plaza Andador.
El Ayuntamiento de Huixquilucan publicó y promulgó las modificaciones, adiciones y reformas al Bando Municipal 2025, en el cual destacan las acciones para la protección animal, así como las sanciones para quien lleve a cabo este tipo de maltrato, con el propósito de seguir fortaleciendo el cuidado de estos seres vivos, la convivencia armónica, un clima de tranquilidad y el bien común entre los habitantes de esta demarcación.
Luego de que, en la Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo, los integrantes del Cuerpo Edilicio aprobaron, por unanimidad de votos, la actualización de la reglamentación del Bando Municipal, que entra en vigor este 05 de febrero, la presidenta municipal, Romina Contreras Carrasco, informó que este documento se publicará y difundirá en todo el territorio, el cual contiene los derechos y obligaciones que rigen a los huixquiluquenses.
Romina Contreras, junto con los integrantes del Cabildo, colocó el Bando Municipal 2025 en el Palacio Municipal y, posteriormente, se instaló en los centros administrativos de Pirules, Plaza Andador (Fresko) y Ex Cinemas, así como en el mercado municipal «25 de agosto», en la Cabecera Municipal.
Entre las modificaciones al Bando Municipal 2025 de Huixquilucan, destaca el Artículo 132, donde se agregó la fracción XVII, que señala que queda prohibido a los vecinos, habitantes y transeúntes “maltratar, golpear o someter cualquier práctica que les ocasione sufrimiento a los animales”.
En tanto, en el Artículo 189, que señala las infracciones al Bienestar Colectivo, en su fracción XXVIII indica: “Toda persona que realice de manera intencional o imprudencial, cualquier acto u omisión que ocasione dolor, sufrimiento, privación del aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo, morada o cualquier otra conducta que comprometa la salud y vida del animal, estará infringiendo el presente Bando Municipal y, para tal caso, se dará vista a las autoridades correspondientes para su seguimiento”.
Dicha infracción se sancionará con una multa de sesenta a cien veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de veinticuatro a treinta y seis horas, tal como lo establece el Artículo 187 de dicho Bando.