Cárcel a quienes armen broncas en espectáculos deportivos

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 31 de Marzo de 2022.- Penas de 2 a 4 años de prisión y de 30 a 100 días multa, al espectador que antes, durante o después de un evento o espectáculo deportivo ejecute o incite a otros a practicar dentro del estadio o espacios deportivos, así como sus áreas comunes, estacionamiento o calles inmediatas al recinto del evento, actos que causen daños a las personas o sus bienes, son las modificaciones al Código Penal del Estado de México propuestas por el diputado Sergio García Sosa, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT).

Añadió que la iniciativa que propone adicionar el capítulo denominado Violencia en Eventos Deportivos al Código Penal del Estado de México busca que cuando se produzcan lesiones o daños entre los integrantes de los grupos de animación, este delito será perseguible de oficio y la pena se podrá aumentar hasta un tercio.

“Imágenes de lo que sucedió en Querétaro en el partido de fútbol entre los gallos blancos y el Atlas nos permite replantear lo que hoy pasa en nuestros eventos deportivos, no solo en el fútbol hay descuido, toxicidad, violencia, caos, descontrol, impunidad, y poco se ha legislado en esta materia. La conclusión es simple: un hecho lamentable que refleja la violencia que se vive en México”, preciso.

García Sosa abundó que la iniciativa busca proteger de manera integral a los espectadores y aficionados que asisten a un evento deportivo, pues al incluir este tipo penal a la Ley Sustantiva en la materia, están cumpliendo con el objetivo del Estado de garantizar seguridad a los miembros de la colectividad sin importar su género, edad, nacionalidad, origen, religión, lengua o cualquier otra característica.

Por ello, apeló a la naturaleza y función del derecho penal como protección de la sociedad al castigar las infracciones cometidas por su origen restrictivo y cumple su misión por medio de la prevención de infracciones de posible comisión futura, por lo que posee naturaleza preventiva y con el castigo del delito se pretende impedir también que en el futuro se cometa por otros o por el mismo sujeto.

Diputado Sergio García Sosa / Partido del Trabajo

“El bien jurídico que se pretende tutelar es la integridad física y los bienes de las personas que asisten a eventos deportivos en el Estado de México, pero también no menos importante resulta el hecho de establecer que en caso de que los daños o lesiones que se llegaran a producir fuesen entre grupos de animación, este delito se perseguirá de oficio y la pena se podrá aumentar hasta en un tercio”, precisó.

Finalmente, refirió que se pretende que los espectadores, las familias e incluso los deportistas tengan la tranquilidad y la confianza de que estarán seguros, acciones que están a tiempo de legislar, ya que de no hacer nada por evitar este nuevo flagelo de la sociedad y del deporte, éste podrá destruir el modelo actual que se tiene en el deporte, que en crisis, puede incluso acabar con el deporte tal y como se entiende hoy en día.

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