Expide Legislatura Ley para Bomberos

  • Define las funciones, facultades y obligaciones de los Cuerpos de Bomberos de los municipios

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 9 de Agosto de 2021.- Con el fin de establecer los principios, bases generales, procedimientos, organización y funcionamiento de los Cuerpos de Bomberos municipales en la entidad, las Comisiones Unidas de Legislación y Administración Municipal, y de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, por unanimidad votos, aprobaron expedir la Ley para los Cuerpos de Bomberos del Estado de México.

El diputado Max Agustín Correa Hernández, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y proponente de la iniciativa, señaló que la propuesta se enriqueció con las opiniones de los diversos grupos parlamentarios, de las asociaciones de bomberos de la entidad y a nivel nacional, de la Coordinación Estatal de Protección Civil, así como de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.   

“Los objetivos de la Ley son establecer las bases para la organización y funcionamiento de los Cuerpos de Bomberos de los municipios de la entidad como un servicio público en la atención de emergencias, especializado en las labores de prevención y combate de incendios, así como de apoyo en la primera respuesta ante emergencias, desastres, rescates y salvamentos, ello en el marco de la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil estatal”, señala el dictamen. 

También, define las funciones, facultades y obligaciones de los Cuerpos de Bomberos de los municipios, establece las bases de coordinación entre los cuerpos de bomberos municipales con el Sistema Estatal de Protección Civil, así como regular la asignación de recursos materiales, tecnológicos y de infraestructura para los cuerpos de bomberos de los municipios mexiquenses.

Las reformas al Código Administrativo del Estado de México, los Cuerpos de Bomberos Municipales deben tener representación de los sectores social y privados, de las instituciones educativas, grupos voluntarios y expertos en diferentes áreas relacionadas con la protección civil.

Mientras que la reforma a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, menciona que en cada municipio se deberán integrar cuerpos de seguridad pública, de bomberos y, en su caso, de tránsito, servidores públicos que preferentemente deberán ser vecinos del municipio, de los cuales el presidente municipal será el jefe inmediato.

“Los cuerpos municipales de seguridad pública, de protección civil, de bomberos y de tránsito, se coordinarán en lo relativo a su organización, funcionamiento y aspectos técnicos con la Secretaría General de Gobierno por conducto de la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo y la Secretaría de Seguridad, por conducto de los organismos auxiliares y unidades administrativas competentes”, indica.

También refiere que para el personal de protección civil y bomberos, el municipio deberá implementar el servicio profesional de carrera, además de que los municipios generarán, con cargo a sus presupuestos, un régimen complementario de seguridad social, así como reconocimientos y estímulos para personal de protección civil y bomberos.

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