Incumplen mexiquenses obligaciones alimentarias

  • Tipificarán abandono alimentario de adultos mayores

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 23 de Agosto de 2020.- De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de enero a mayo de 2020, en el Estado se México se abrieron 640 carpetas de investigación por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, concentrando el 10 por ciento de las denuncias del país, afirmó la diputada Elizabeth Millán García, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

Indicó que debido al incremento en el número de juicios y denuncias por incumplimiento de pensiones alimenticias en el Estado de México, es necesario tipificar el abandono alimentario de adultos mayores y reducir a un año el plazo para considerar en mora a quien no cumpla sus obligaciones alimentarias.

“La iniciativa de reforma a los Códigos Civil y Penal, ambos del Estado de México, propone reducir el número de pensiones incumplidas, pasando de cuatro a tres y disminuir, de dos años a uno, el periodo previsto para que, una vez concluido dicho plazo, se le pueda considerar moroso a quien esté en calidad de deudor alimentario.

Con la misma consecuencia, se integra el supuesto de incumplir con el periodo establecido en la sentencia o convenio judicial”, añadió.

Millán García agregó que con la misma consecuencia, se integra el supuesto de incumplir con el periodo establecido en la sentencia o convenio judicial, por lo que la reforma al Código Penal de la entidad considera incorporar como delito perseguible de oficio el incumplimiento de obligaciones alimentarias cometida en agravio de personas adultas mayores.

“Propone también que cuando la omisión en el incumplimiento de las obligaciones alimentarias ocurra en desacato de una resolución judicial, la pena se incremente hasta en una mitad, pues quien es deudor alimentario no solo se rehúsa a cumplir con un mandamiento judicial, sino también con la obligación legal de socorrer a sus dependientes”, añadió.

Por ello, consideró necesario realizar mayores esfuerzos para garantizar su materialización, lo cual implica garantizar el acceso a la justicia a las personas y reducir el margen de impunidad.

Por último, resaltó que ninguna persona puede sobrevivir una semana sin recibir pensión alimenticia y el tiempo que contempla el Código Civil es excesivo, pues se presta para que el deudor alimentario se valga de los plazos y los márgenes para no cumplir con su obligación.

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