Propone García Sosa alternativas para dirimir conflictos por límites territoriales

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 22 de Marzo de 2022.- Con el fin de establecer las directrices necesarias para dirimir los conflictos limítrofes entre los municipios mexiquenses, así como establecer un método que dote de elementos y acciones que permita a los legisladores tomar una decisión justa que resuelva las diferencias en esta materia, el diputado Sergio García Sosa, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa para adecuar la Constitución Política del Estado de México.

Añadió que si se examina el contenido de la Constitución Política local, señala quien es el órgano competente para solucionar los conflictos de limites intermunicipales, que en el caso es la Legislatura local, y también establece un procedimiento para dirimir esos conflictos; es decir, señalan el quién y el cómo, pero no existen normas sustantivas que regulen los hechos relativos a las situaciones de conflicto por límites entre los municipios.

“En esas condiciones, podemos afirmar que la Legislatura carece de una legislación sustantiva en materia de límites territoriales entre los municipios, pues no tiene criterios legales que deba aplicar para solucionar los conflictos, contando en la actualidad con reglas no legisladas de un proceso metodológico, en las que introduce algunos criterios, si sustantivos, a los que se les llama variables a considerar, pero que no son una ley formalmente legislada”, refirió.

Diputado Sergio García Sosa / Partido del Trabajo

Por ello, García Sosa propuso fijar los límites de los municipios y resolver las diferencias que en esta materia se produzcan, es decir, que haya lugar para la fijación o precisión de los límites municipales por la Legislatura ante la inexistencia de un decreto por el que se delimiten dos o más municipios, cuando en los decretos existentes no se haya precisado la delimitación territorial entre dos o más municipios y cuando exista discrepancia entre dos o más municipios sobre la interpretación de un decreto que fije los límites municipales.

Añadió que para la fijación o precisión de los límites municipales, se propone valorar las variables históricas, jurídicas, administrativas, culturales, educativas y deportivas, así como las relacionadas con la prestación de los servicios de salud, económicas y artesanales, inversión pública en la zona del diferendo, políticas, sociales y comunitarias, seguridad pública, catastro y regularización de la tierra, así como hacienda pública.

“La documentación, pruebas y soportes a que se refieren las anteriores variables, tenderá a acreditar históricamente la pertenencia e identidad de la población asentada en la zona del diferendo, así como el real y efectivo ejercicio de gobierno en ella por parte de la autoridad municipal interesada.”, preciso.

Finalmente, dijo, la comisión legislativa deberá establecer un proceso metodológico que permita el fácil análisis de la documentación, pruebas y soportes que presenten las partes interesadas, además de que la presidencia y la secretaría, por sí, podrán emitir los acuerdos correspondientes derivados del desahogo de las diligencias del procedimiento limítrofe, ello con el fin de auxiliar a la celeridad del asunto.

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