Revisan requisitos para ser funcionarios de la CODHEM

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 21 de Julio de 2021.- Con el propósito de reformar la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, en materia de requisitos para acceder a los cargos de Presidente, Secretario y Visitador General de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), los integrantes de la comisión de  Derechos Humanos de la Legislatura local comenzaron con al análisis de la iniciativa que en su momento presentó el diputado Miguel Sámano Peralta, a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

La iniciativa indica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los Congresos estatales carecen de competencia para exigir como requisito de acceso a un cargo público, que la persona a ocuparlo tenga nacionalidad mexicana por nacimiento, por lo que la Constitución Federal debe interpretarse armónica y sistemáticamente.

“Si bien el artículo 32 de la Carta Magna dispone que se podrá exigir la nacionalidad mexicana por nacimiento, como requisito para ocupar ciertos cargos públicos, también el artículo 1º de la Ley Fundamental, prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional”, expuse.

Resalta que el análisis sistemático de ambas normas ha privilegiado una interpretación no discriminatoria de los mexicanos por naturalización, con respecto a quienes lo son por nacimiento, y con ello, preservar el principio de igualdad, sin embargo, la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México aún consideran el requisito de ser mexicano por nacimiento para ocupar los cargos de Presidente, Secretario y Visitador General de dicha Comisión.

Indica que dichas disposiciones son contrarias a la interpretación que ha realizado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), porque al exigirse dicho requisito, se podría contravenir el principio constitucional de no discriminación.

“Esta Iniciativa pretende ajustar dichas porciones normativas a la jurisprudencia vigente, conservando el requisito de ser mexicano, pero omitiendo que sea por nacimiento para acceder a los cargos antes señalados”, añade.

Por último, menciona que se fortalecerá el marco normativo estatal en la materia, al eliminar un elemento discriminador en la conformación de uno de los órganos encargados de velar por la protección de los derechos humanos.

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