Sanciones a quien no denuncie delitos cometidos contra mujeres

  • Exigen que órdenes de protección a víctimas no cesen hasta que se extinga la situación de riesgo para ellas

Grupo Puntual / Martha Romero

TOLUCA, México, 30 de Noviembre de 2021.- El 96 por ciento de los delitos cometidos en contra de las mujeres se realizan cuando ellas utilizan tecnologías de la información y la comunicación (TIC), por lo que la diputada Karina Labastida Sotelo, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), propuso que tratándose de violencia digital o mediática para garantizar la integridad de la víctima, el Ministerio Público y el juez, ordenen medidas de protección específicas.

Por ello, propuso reformar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Seguridad, ambas del Estado de México, con el propósito de armonizar y homologar sus disposiciones en la materia de órdenes de protección, violencia digital y mediática.

“Las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima. Deberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan”, expuso.

Labastida Sotelo mencionó que quien en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito en contra de una mujer o una niña, está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a la persona imputada, si hubieren sido detenida en flagrancia, pero quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes.

Diputada Karina Labastida Sotelo / Morena

Indicó que en el Estado de México la incidencia delictiva relacionada con el tipo penal violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación”, registrada por la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género, indica que a partir de su vigencia, el 6 de septiembre de 2019, fueron iniciadas 73 carpetas de investigación en el año citado por este delito, 135 en el 2020 y 176 en lo que corre del presente año.

Añadió que de estas, se desprende la afectación de 73 víctimas en el año 2019, 135 en el 2020 y 176 en los meses transcurridos del 2021, de las cuales 372 son mujeres y 13 hombres, lo que representa que las mujeres son casi el 96.6 por ciento de las víctimas de violencia digital, frente al 3.4 por ciento que son hombres.

“La violencia de género que modela las estructuras sociales, económicas, culturales y políticas, también se reproduce en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), pero con la variante que ésta se lleva a cabo con mayor facilidad y coloca a la víctima en una situación de mayor indefensión y vulnerabilidad”, expuso.

Finalmente, refirió que el Informe Technology-related violence against women, A briefing paper, determinó que los tres perfiles principales de mujeres que viven violencia a través de las tecnologías de la información y la comunicación, son las que en una relación íntima cuya pareja se ha vuelto abusiva, sobrevivientes de agresiones físicas a menudo por abuso o violación por parte de la pareja, así como profesionales con un perfil público involucrado en la comunicación pública.

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