EL 19 DE DICIEMBRE ES EL DÍA LÍMITE PARA QUE EMPLEADOS RECIBAN AGUINALDO

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Recordó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que los dueños de centros laborales, bajo ningún pretexto, deben dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual será de al menos 15 días de su salario.

Para patrones que incumplan este derecho, lo otorguen incompleto o de forma tardía, la legislación laboral establece multas de entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos.

Alfonso Navarrete Prida, titular de la STPS, destacó que esta prestación la deben recibir, sin excepción alguna, trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales.

Además, los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.

Los empleados deben recibir su aguinaldo como fecha límite el 19 del mes en curso, y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo se mantiene vigilante en esta temporada de fin de año, ya que a partir del 20 de diciembre los trabajadores podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos, refirió la Secretaría en un comunicado.

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