APRUEBAN IMPARTIR EDUCACIÓN SEXUAL A NIÑOS

264378-72e4e2669be75dee0_pf-0037130404_scjn_2_gc-fEl día de ayer La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la obligación del Estado de impartir educación sexual a menores de edad.

El proyecto realizado por el ministro Alberto Pérez Dayán que proponía declarar válidos diversos artículos de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, emitida en diciembre de 2014, fue aprobada durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte.

Esto, debido a que consideraron que sus preceptos no son contrarios al interés superior del menor y al derecho de los padres de educar a sus hijos por el hecho de hacer referencia a la “preferencia sexual” de los menores.

La ley fue impugnada mediante un amparo promovido por Rosario Becerril Alba, originaria de Aguascalientes, quien argumentó que la ley discrimina a los padres de su función “respecto de la guía y enseñanza sus hijos conforme a su convicciones morales y religiosas, y explícitamente discriminan al niño o adolescente varón por su simple sexo, promoviendo el empoderamiento de las niñas y adolescentes mujeres”.

“La situación de las niñas y adolescentes no mejorará mientras las causas subyacentes de la discriminación contra ellas y de su desigualdad no se aborden de manera efectiva, por ende, la adopción de instrumentos institucionales enderezados a lograr el empoderamiento de tal grupo resulta necesaria”, resolvió el ministro.

La Segunda Sala consideró que la obligación de las autoridades de garantizar a los menores el acceso a métodos anticonceptivos, proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva no es inconstitucional.

En consecuencia, el amparo fue negado y la Sala indicó que los artículos reclamados no deben ser interpretados como una forma de desplazar la función educadora de la familia.

“El Estado no es susceptible de sustituir la función protectora y orientativa de los padres de familia respecto a la salud y desarrollo de los menores, sino que tanto padres como autoridades tienen funciones distintas y complementarias que resultan necesarias para la protección holística de los niños y adolescentes”, indicó.

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